Es la figura encargada de atender y resolver las denuncias, reclamos o quejas
                                                        presentadas por los tomadores, asegurados, beneficiarios, contratantes, usuarios
                                                        o afiliados ante BBVA Seguros C.A., con ocasión de las controversias derivadas
                                                        de la ejecución de contratos y cualquier otra operación relacionada con la
                                                        actividad aseguradora.
                                                    
                                                        
                                                        Tomador:  
                                                        Persona natural o jurídica que, obrando por cuenta propia o ajena,
                                                        contrata un seguro con el Asegurador, trasladándole los riesgos y obligándose
                                                        al pago de la prima. El Tomador o el Asegurado pueden ser o no la misma
                                                        persona.
                                                        
                                                         Asegurado:  Persona natural que en si misma está expuesta a los riesgos
                                                        cubiertos por la Póliza, incluye al Tomador y a cualquier miembro del grupo
                                                        familiar inscrito en esta Póliza.
                                                        
                                                        Beneficiario:  Persona natural o jurídica que tiene el derecho de recibir el pago
                                                        de la indemnización a que hubiere lugar.   
                                                        Contratante: Persona natural o jurídica que suscribe un contrato de servicios con
                                                        una empresa de medicina prepagada o una empresa administradora de riesgos
                                                        bien para su exclusivo beneficio o para beneficio de terceros.   
                                                        También se denominan Contratantes las personas jurídicas que suscriben
                                                        contratos de seguros colectivos en representación de los asegurados que
                                                        integran al colectivo asegurado. 
                                                        Usuario: Persona con derecho a solicitar y recibir los servicios establecidos en el
                                                        respectivo Plan de Salud o contrato de administración de riesgo. 
                                                        Afiliado: Todas aquellas personas cubiertas por los contratos de administración
                                                        de riesgos, prestación de servicios o planes de salud de medicina prepagada o
                                                        cualquier otra modalidad de servicios que adopten estas personas, teniendo
                                                        derechos a la cobertura de los riesgos que ampare el contrato.
                                                
                                                        
                                                        El tomador, asegurado, beneficiario, contratante, usuario o afiliado debe presentar
                                                        por escrito, de forma verbal, vía telefónica o por los medios electrónicos, ante la
                                                        Oficina de Atención al Ciudadano y Defensoría del Asegurado y Usuario, el
                                                        reclamo y/o queja, debiendo contener, como mínimo, la siguiente información y
                                                        recaudos:
                                                    
                                                        
                                                        1. Nombre completo, correo electrónico, dirección de habitación, número de
                                                        cédula de identidad y número de teléfono del denunciante. 
                                                        2. Identificación de la persona o sujeto regulado contra la cual se interpone la
                                                        denuncia, indicando número de póliza y fecha de contratación.
 
                                                        3. La dirección del lugar donde se harán las notificaciones pertinentes;
                                                        4. Resumen o narración de los hechos. (Exposición concisa y precisa de los
                                                        hechos).
                                                        5. Copia de los documentos que soportan el reclamo y/o queja.
                                                    
Centro de Atención Telefónica: (0212) 274-5108
Correo electrónico: defensordelasegurado.ve@bbva.com
Sede Principal: Av. San Juan Bosco con 2da Transversal de Altamira, Edificio Centro Altamira Piso 1. Urbanización Altamira - Caracas - Venezuela
                                                        
                                                        El tomador, asegurado, beneficiario, contratante, usuario o afiliado puede
                                                        presentar el reclamo cuando se encuentre inconforme con la ejecución del
                                                        contrato, habiendo agotado las vías internas ante la unidad o dependencia
                                                        involucrada, sin obtener respuesta favorable a su pretensión.
                                                    
                                                        
                                                        La presentación del reclamo ante la Defensoría no limita el derecho del tomador,
                                                        asegurado, beneficiario, contratante, usuario o afiliado a recurrir ante otro
                                                        organismo para resolver el conflicto, sin embargo, la Defensoría del Asegurado y
                                                        usuario se abstendrá de emitir cualquier pronunciamiento cuando el reclamo se
                                                        encuentre en trámite o haya sido resuelto en forma definitiva por cualquier otra
                                                        autoridad relacionada con la actividad aseguradora.
                                                    
